X - Gobierno limitado.
Vamos
con, muy probablemente, el artículo más extenso y puede, que interesante, de nuestra
estructura de sociedad liberal. Ya hemos visto los derechos y libertades
individuales, de ellos, nacen las dos expresiones de colaboración entre personas
por excelencia, libre asociación y libre mercado, pero, que los seres humanos
dispongamos de estos fundamentos, no significa que vayan a ser respetados,
debemos procurar proveernos dicha atención a que se respeten, así como la
aplicación del ius puniendi en caso de que se vean violentados.
Históricamente
las personas siempre hemos tendido a vivir en comunidades políticas, es decir,
tendemos a vivir en grupos, comunas o sociedades. Otro de los motivos, además
de los ya vistos, que nos llevan a ello, es el de proveernos de seguridad y de
defensa contra aquellos que pretendan violentarla, tanto interna como
externamente. Los seres humanos nos agrupamos porque es la mejor manera de lograr
que se respeten nuestras libertades.
Entendemos
pues, que una comunidad política es una asociación de personas que tienen
el fin de proteger, velar y asegurar los derechos individuales de sus
integrantes, castigar a aquel que los vulnere y exigirle reparación del daño
causado.
El
fin de toda comunidad política es el de garantizar o velar por el orden
público, pero para ello, a la comunidad, hay que otorgarle unas competencias básicas:
La
primera, especificar el contenido de dichos derechos, qué se entiende por
sujeto de derecho, qué bienes son susceptibles de apropiación originaria, inscripciones
o no de propiedades en registros, como se estructura el ius puniendi, si existe
ius puniendi comunitario o no, si se van a aceptar sanciones no monetarias o
no, etcétera.
Los
individuos antes de formar parte de una sociedad, dispondrán de un estatuto de
dicha sociedad, una Constitución, donde se les especificará los derechos y obligaciones
de los que disponen.
La
segunda, nombrar y autorizar a unos agentes para en caso de ser necesario
emplear el uso de la violencia, siempre con el fin de evitar actos delictivos o
aplicar ius puniendi. Cuando un individuo acepta formar parte de una comunidad política,
acepta que determinados agentes autorizados puedan aplicar
"determinada" violencia sobre él.
"La
comunidad política posee: 1) el poder de redactar leyes, esto es, el poder de
establecer que castigos son apropiados para los delitos que cometen los
miembros de la sociedad, y 2) el poder de declarar la guerra y la paz, es
decir, de castigar cualquier daño hecho a sus miembros por aquellos que no son
miembros"
-John
Locke-
La
tercera y última, la comunidad está legitimada a obtener recursos a costa de
sus miembros para poder financiar y desarrollar las funciones atribuidas,
mantener el orden público.
Pero al mismo tiempo que la comunidad política adquiere derechos
y privilegios sobre sus miembros, también adquiere obligaciones con ellos:
La
primera, especificar claramente en que consiste el estatuto antes comentado y
publicitarlo, preocuparse de que todos los miembros entienden y aceptan dicho
conjunto de leyes.
La
segunda, usar la violencia con el único fin de preservar el orden público y jamás
aplicar ius puniendi, para otras finalidades. Este aspecto también es conocido como
la aplicación del imperio de la ley.
"Imperio
de la ley significa que el gobierno no puede ejercer la coacción contra un
individuo salvo para forzar el cumplimiento de una determinada regla: el
imperio de la ley constituye una limitación a los poderes del gobierno. El
principio nullum crimen, nulla poena sine legee [ sin ley previa, no existe
delito ni pena] es la consecuencia más importante del ideal del imperio de la
ley"
-Friedrich
Hayek-
La
tercera y última, es la restricción a la hora de obtener recursos de los
miembros de la comunidad, a la única tarea de mantener el orden público.
Legitimar a la comunidad a la extracción de recursos que nada tengan que ver
con esta última finalidad, seria legitimar el parasitismo de la comunidad hacia
sus miembros.
"Si
alguien se arroga el poder de aprobar impuestos sobre los ciudadanos por su
sola autoridad, y sin el consentimiento de esos ciudadanos, estará invadiendo
el derecho fundamental de propiedad y subvirtiendo el propósito del
gobierno"
-John
Locke-
El
tipo de comunidad que alienta el liberalismo es, por tanto, una comunidad de
adscripción voluntaria y capacidad de disociación, con un poder estrictamente limitado a defender los
derechos individuales, lo contrario sería renunciar a los principios del
liberalismo. Dentro del liberalismo existen pensadores que promueven la idea de
que, en las comunidades políticas, la salvaguarda del orden público, debe
hacerse de una forma asociativa libre y voluntaria por parte de sus miembros,
esa corriente de pensamiento recibe el nombre de anarcocapitalismo.
Por
otro lado, existen otros intelectuales liberales que nos explican que dicha
salvaguarda del orden público debe de conformarse de una forma coercitiva, es
decir, por adscripción forzada, esta otra corriente de pensamiento liberal se
llama minarquismo. No me explayo más en este asunto puesto que le
dedicaré un artículo debido a que estas dos formas de gestionar la seguridad y
justicia, es fuente de controversia y mucho debate interno.
Este
que les escribe, adhiere hoy por hoy y mientras no se pueda aportar unas evidencias
más fundamentadas, sólidas y cimentadas, a la segunda de las opciones, al
minarquismo y en base a ello voy a continuar el presente artículo y el resto de
la página dedicada al liberalismo.
Ese
ente creado dentro de nuestra comunidad política, con la única finalidad de
proveernos de seguridad y justicia, que todos debemos de proveer de recursos
para que cumpla con su obligación, le voy a llamar Estado o gobierno.
Dicho
Estado carece de soberanía sobre los individuos, son los individuos los que son
soberanos frente al Estado, como ya explicamos sobradamente en las primeras
entradas y deberá de velar por el orden público, por la no vulneración de
derechos individuales con la menor injerencia posible.
"Si
las personas crean el gobierno delegándole las competencias necesarias para
garantizar la protección de esas personas y de sus propiedades, entonces eso
también significa que los individuos no han renunciado a ninguna otra
competencia salvo a esas, y que todas las demás todavía son nuestras. Por tanto,
es evidente que no hemos renunciado a ninguna otra libertad natural salvo a
aquellas necesarias para la protección de las personas y sus propiedades"
-Elisha
Williams-
En
definitiva, el Estado mínimo es el Estado más grande que puede ser justificado.
Cualquier Estado de mayor tamaño viola los derechos de las personas, solo
estará legitimado a regular las libertades y a establecer los mínimos impuestos
necesarios para garantizar el orden público.
Existen
varios tipos de Estados totalmente incompatibles con el liberalismo, el Estado
mercantilista, el Estado de bienestar, el estado confesional y el Estado totalitario, solo uno es compatible con nuestra filosofía liberal el Estado
mínimo. En un futuro artículo expondré por qué estos 4 Estados no son
compatibles con el liberalismo, especialmente el Estado de bienestar.
De
la misma forma que un individuo puede tiranizarse y atentar contra otro o la
propiedad de otro, un gobierno, puede en un momento dado tiranizarse contra sus
miembros gracias entre otras cosas a los recursos otorgados por la comunidad.
Este
riesgo está muy presente en cualquier comunidad política, todas concentran un
enorme poder dirigido supuestamente a garantizar el orden público y
precisamente por ello, porqué poseen dicho poder, pueden usarlo para atacar a
aquellos a los que deben proteger.
La
delegación de todo poder militar sobre el Estado no ha sido del agrado del
liberalismo, es importante la articulación de pesos y contrapesos a dicho
poder, para así reducir el riesgo de volverse contra quienes deben proteger.
"El
poder corrompe, el poder absoluto corrompe absolutamente"
-Lord
Acton-
"El
gobierno que buscamos es un gobierno [...] cuyos poderes estén divididos y
equilibrados entre distintos cuerpos de magistrados, de manera que ninguno
pueda traspasar sus límites legales sin ser controlado y restringido por los
otros"
-Thomas
Jefferson-
Tenemos
la posibilidad de conformar varios tipos de contrapesos que pueden ejercer un
contrapoder real frente al Estado, a modo externo al Estado tenemos: la
familia, las religiones, sindicatos, medios de comunicación, la comunidad
internacional e incluso la limitación territorial, lo cual permite que puedas
cambiar de Estado y refugiarte en otro Estado. Pero mucho cuidado porque hemos
visto como muchas veces estos contrapesos se han aliado con el propio Estado
para reprimir a los individuos pertenecientes de dicha sociedad.
Por
lo que también se deben conformar contrapesos internos, para el liberalismo
dichas herramientas son la separación real y efectiva de poderes, la democracia
y la Constitución. Es decir, el poder para especificar los derechos (el
legislativo) no estará unido al poder para proteger tales derechos (el
ejecutivo) ni al poder para determinas ius puniendi (el judicial) de esta forma
un poder se encargará de establecer unas normas, otro de analizar y controlar
que dichas normas se cumplan y el ultimo de juzgar y castigar a quien las
violente o se sospeche que las ha violentado.
Por
democracia, entendemos una forma de organizar el gobierno de una comunidad política.
Es decir, en democracia el conjunto de los votos de los ciudadanos determina la
forma de actuar de la comunidad política. Ninguna comunidad podrá regirse por
una sola persona (monarquía) o grupo de personas (aristocracia).
"La
teoría de la democracia no se basa en el principio de que debe gobernar la mayoría
sino, más bien, en el de que los diversos métodos igualitarios para el control democrático,
tales como el sufragio universal y el gobierno representativo, han de ser
simplemente considerados salvaguardias institucionales, de eficacia probada por
la experiencia, contra la tiranía, repudiada generalmente como forma de
gobierno"
-Karl
Popper-
La
Constitución ya hemos explicado en otra entrada, que es entendida como los
estatutos fundacionales de la comunidad política, para el liberalismo es
importante incluir en toda Constitución, los derechos fundamentales de los
individuos que ningún Estado puede conculcar o violentar.
Las
Constituciones actúan a modo de estatutos asociativos donde se explicita la
estructura y los límites del poder político con el objetivo de forzarlo a mantenerse
dentro de tales restricciones.
"Antes
de establecer un gobierno, cuyas acciones se conviertan en la ley suprema de
esta tierra y cuyos poderes se extiendan en todas direcciones sin excepción, deberíamos
protegernos cuidadosamente a nosotros mismos con una declaración de derechos:
protegernos contra el riesgo de invasión de esas libertades que nos es básico
retener..."
-An
Old Whig"
Ya
he expuesto con los contrapesos externos, que no eran fiables al cien por cien
para evitar la no tiranización del poder, con los internos pasa algo muy
parecido, no son al cien por cien fiables, hemos visto en muchas ocasiones, por
desgracia, como se han podido doblar para lograr esa tiranización del poder.
Muchos han sido los pensadores liberales que así nos lo han hecho ver.
"El
poder democrático se basa en la opinión de la mayoría y si, en consecuencia,
los intereses particulares saben cómo organizarse para crear y manejar la opinión
publica, estos intereses particulares podrán adueñarse del poder democrático,
envilecerlo e incluso tomarlo para ejercerlo en su propio provecho y en
detrimento de otros grupos o de la sociedad entera"
-Bertrand
de Jouvenel-
El
riesgo de que un gobierno no respete su función y se salte el fin para el que
fue creado siempre va a existir, pero con toda esta batería de contrapesos
internos y externos bien implementada, será muy difícil que pueda llevarlo a
cabo.
El
liberalismo promueve el ideal de un gobierno limitado al mantenimiento del
orden público, esto es, a proteger los derechos y libertades de los individuos.
Para evitar que dicho gobierno limitado se tiranice se proponen diversos
contrapesos internos y externos al poder político.


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