V - Derecho de propiedad.

Prácticamente todos los proyectos importantes para el ser humano, necesitan del uso de bienes materiales.

Sin dichos bienes, la libertad de acción del individuo apenas se limitaría a la expresión y el pensamiento, necesitamos del uso de aquello que tenemos a nuestro alrededor para llevar a cabo nuestros proyectos vitales.

Por desgracia, vivimos en un mundo donde dichos bienes o recursos son limitados, y puede acontecer que varias personas deseen utilizar el mismo bien, para satisfacer sus necesidades. El liberalismo, otorga al individuo una herramienta en forma de derecho individual, esta, es otra de las columnas principales de nuestra filosofía de pensamiento, se llama el derecho de propiedad. Este instrumento logrará otorgar la capacidad de uso y disfrute del bien a uno de los individuos y negarlo a los demás.

Siempre que un individuo exija a otros que no usen un determinado bien, se deberá saber si el primero de ellos dispone del derecho de propiedad sobre el recurso en cuestión. El derecho de propiedad significa: que es el poseedor de dicho derecho el que usará el bien y el resto de individuos deberán respetar el uso que le dé el primero, a impedir que los no propietarios utilicen dicho bien sin el consentimiento de su legítimo dueño, a solicitar indemnización en caso de que alguien dañe el bien, obtener la capacidad de que el poseedor del derecho transforme o destruya el recurso, lo transfiera a otro individuo a cambio de una compensación, lo done a otro individuo a cambio de nada, y quedarse con la renta que genere el bien.


"El derecho de propiedad se fundamenta en nuestros deseos naturales, en los medios con los que estamos dotados para satisfacer estos deseos y en el derecho a lo que adquirimos por esos medios sin violar los derechos similares de otros seres sensibles"

-Thomas Jefferson-

 

Hasta aquí todo claro, pero ¿Qué es un bien susceptible de ser adueñado? ¿Cómo nace la propiedad? ¿Qué limitaciones tienen los derechos del dueño o propietario?

Un bien apto para ser adquirido o apropiado, es aquel que es escaso en términos de su uso potencial, por lo que, ante la voluntad de varias personas de apropiárselo, debemos otorgar el derecho de uso a uno de dichos individuos. Existen tres formas de hacerlo: la primera es la distribución equitativa de los recursos existentes, esta opción se descarta pues es muy problemática debido a la gran heterogeneidad de recursos existentes y la complicación de poder repartirlos equitativamente, la segunda forma es la distribución en base a la utilidad, esta también es bastante compleja de aplicar puesto que las personas otorgamos distintos niveles de importancia a nuestros proyectos o fines vitales, y la tercera y que más se ajusta al liberalismo, es la apropiación originaria, es decir, aquellos recursos que nadie usa, pasan a ser propiedad de quien los usa por primera vez.

Además de por apropiación originaria, existe otras formas de adquirir derechos de propiedad, por transferencia libre y voluntaria del propietario a cambio de una compensación, o por donación del legítimo propietario.

Exactamente igual que nadie puede intervenir en el derecho de libertad de otras personas a llevar adelante sus proyectos de vida, tampoco podemos hacerlo en el derecho que tiene dicho individuo a usar como considere oportuno su propiedad en búsqueda de satisfacer dichos proyectos vitales.

Cabe reseñar que la primera propiedad de la que gozamos todos y cada uno de nosotros, es la propiedad de nuestro propio cuerpo.

 

"Cada hombre es propietario sobre su propia persona; eso es algo sobre lo que nadie más tiene derecho. En este sentido, cabría decir que el trabajo de su cuerpo y el producto de sus manos son estrictamente de su propiedad"

-John Locke-

 

¿Es en este aspecto tal y como comentábamos en el primer artículo, el liberalismo una filosofía de pensamiento individualista puesto que promueve que uno o varios recursos solo tengan un propietario? Tajantemente, no.

La propiedad sobre un determinado recurso puede surgir o nacer de forma comunitaria, esto, es totalmente compatible con la forma de pensar liberal, en tal caso el derecho de propiedad privada se ejercerá de forma conjunta o mancomunada. Este tipo de gestión suele plantear muchos más problemas o conflictos puesto que varias personas deben ponerse de acuerdo a la hora de organizar el uso del bien, su producción, mantenimiento, distribución de los frutos generados, etcétera

Sin embargo, cuando el recurso o bien es indivisible y su propiedad comunal privada este tiende a ser más eficaz, que, si su propiedad fuera individual, por ejemplo, la gestión de espacios públicos, alcantarillado o gestión del medio ambiente.

Nada tiene el liberalismo en contra de este último tipo de recurso siempre y cuando haya surgido de forma libre, pacífica y voluntaria.


Es de vital importancia recalcar, que los derechos de propiedad no son solo significativos de posesión, los proyectos vitales de una persona puedes ser tremendamente diversos y no se limitan al uso “efectivo” del recurso. Limitar el reconocimiento del derecho al uso verdadero, válido, activo y directo, de dicho bien, sería una forma de limitar el alcance de los propósitos humanos que están permitidos satisfacer con dicho recurso.
 

Como ya he comentado en el artículo anterior -derecho a la libertad- la reciprocidad en los derechos es una condición sin ecua non para el liberalismo, yo respeto tu propiedad y tu libertad, a cambio de que tu respetes mi propiedad y mi libertad. Pero ¿qué sucede si después de una apropiación originaria no quedan suficientes recursos para otros individuos? estos podrían reclamar una compensación a los primeros. Este aspecto es conocido como el proviso de Locke:

 

"Cuando una persona extrae una cosa del estado de la naturaleza y la incorpora a su trabajo, esa cosa deja de ser propiedad común del resto de hombres y pasas a ser propiedad de esa persona: y es que el trabajo que le ha sido incorporado es propiedad incuestionable de esa persona, de modo que nadie más puede tener ya derecho a esa cosa: al menos no allí donde queden suficientes otros bienes y de igual calidad, para el resto de personas"

-John Locke-

 

En otras palabras, los propietarios que se apropien de todos los recursos naturales y no dejen en cantidad suficiente para los demás, deberían indemnizar o resarcir a los no propietarios, puesto que estos, además de no tener posibilidad de apropiarse de recursos cargan con el deber de respetar la propiedad del primero.

También cabe afirmar que cuando un propietario de un bien lo utiliza de una manera productiva e incrementa su disponibilidad efectiva para el resto de personas, ya está compensando a los no propietarios en forma de incrementar la disponibilidad de los medios materiales a su alcance.

No es tampoco aceptable para el liberalismo que ningún propietario use su propiedad para interferir en los proyectos vitales de nadie.

Resumiendo, el liberalismo promueve una protección reforzada del derecho de propiedad mediante su ocupación pacífica o transferencia voluntaria debido a que, de esa manera, salvaguarda la integridad de los proyectos vitales de las personas.

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